• Jueves, 19 de Septiembre de 2024

García-Mansilla: “Los jueces no pueden aplicar sus convicciones o preferencias personales a la hora de decidir casos concretos”


  • Miércoles, 28 de Agosto de 2024

Al presentarse ante los senadores que evaluarán su capacidad para convertirse en miembro de la Corte, el académico propuesto por el Ejecutivo destacó cuál debe ser la función de los jueces, que no deben avanzar sobre roles que corresponden a los legisladores.



El académico Manuel García-Mansilla comenzó este miércoles su exposición ante la Comisión de Acuerdos de la Cámara alta a las 10.52 con un discurso en el que resaltó su trayectoria educativa y laboral, en el ámbito de los tribunales, hasta recalar en el estudio jurídico más grande del país, cosa que le permitió “ver el derecho desde otro lugar”. Habló de su formación y especialización, su experiencia en el exterior y afirmó haber arrancado “desde lo más bajo, hasta litigar en el sistema internacional de derechos humanos ante una nación extranjera”.

Destacó su compromiso académico desde hace más de tres décadas, y la publicación de libros y notas de opinión en la Argentina y otros países, la mayoría de los cuales vinculados a la Constitución, como así también resaltó que desde 2019 es decano de Derecho en la Universidad Austral, donde además da clases sobre diversos aspectos de la constitucionalidad. Allí obtuvo el título el año pasado de doctor en Derecho, con un jurado de personalidades ajenas a la facultad.

A esas casi tres décadas de experiencia en el Derecho, le sumó una experiencia de gestión en una cámara de empresas productoras de hidrocarburos, de la que es director desde 2014.

Tras esa exposición, García-Mansilla dijo porqué piensa que puede hacer “un aporte genuino a la Corte Suprema de Justicia”.

Arrancó diciendo qué piensa de la función judicial, comparándola con la de los legisladores. “A diferencia de los jueces, los legisladores pueden apelar a sus convicciones morales y la necesidad de atender reclamos sociales para modificar leyes como crean conveniente, en el marco del respeto irrestricto de la Constitución”, comentó.

“Eso mismo ocurre con los constituyentes; pero los jueces no pueden hacer eso en una sociedad democrática, respetuosa del principio de la soberanía del pueblo y la forma representativa de gobierno”, señaló, para remarcar nuevamente: “No pueden hacer eso en ningún caso. Tienen la función principal de resolver causas judiciales concretas, respetando siempre el texto y la estructura de la Constitución con todas sus reformas y no apelando a sus convicciones personales, sean de índole moral, política y religiosa, aun cuando crean de buena fe que van a servir mejor a la sociedad”.

El postulante para ocupar un lugar en la Corte precisó que “los constituyentes dieron a los órganos políticos las herramientas para modificar y adaptar nuestra legislación a estas nuevas realidades. Por eso que la tarea de impulsar los cambios que reflejan esta evolución es principalmente de este Congreso de la Nación”.

En cambio, dijo, “la función de los jueces es aplicar esas normas a la hora de resolver casos concretos”, así como “sostener la observancia de la Constitución en cada sentencia a través del ejercicio de control de constitucionalidad”.

García-Mansilla agregó que “dadas las características, los jueces no pueden aplicar sus convicciones o preferencias personales a la hora de decidir casos concretos”. Y enfatizó: “Fomentar ese comportamiento anómalo por parte de los jueces es una forma inaceptable de liberarlos de los límites que la propia Constitución les impone a ellos”.

Para el candidato a integrar la Corte, un buen juez de ese tribunal supremo “solo puede administrar justicia en el marco de lo previsto en el juramento ordenado por el artículo 112 de la Constitución Nacional. Este juramento exige que la administración de justicia en cada jurisdicción se haga bien y legalmente en conformidad con lo que prescribe la Constitución. Que es administrar justicia bien, hacerlo de forma independiente, imparcial, sin favoritismo, sin prejuicio ni animosidad en contra de las partes. Mostrando que su conducta está por encima de cualquier reproche a los ojos de un observador razonable. Legalmente y en conformidad con lo que prescribe la Constitución”.

Para García-Mansilla, “los fundamentos de sus sentencias deben respetar y hacer respetar el estado de derecho, la seguridad jurídica a través de una aplicación seria y meditada de nuestra norma suprema, la Constitución, en cada uno de los casos que les toque resolver”.

Y concluyó asegurando que su única aspiración, para el caso de que este Senado lo honre con su acuerdo, es “la de servir a mi país de tal manera que al momento de terminar con esas funciones, mis compatriotas me recuerden como un juez que cumplió con sus deberes constitucionales y que obró siempre con integridad, independencia e imparcialidad”.

 

Fuente Parlamentario.com

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