En un clima caldeado por el escándalo cripto, toda la expectativa está centrada en la Cámara alta, en la que serán tratados los proyectos para suspender las PASO, juicio en ausencia, reincidencia y reiterancia y juicio político.
A dos meses de su última sesión, aquella en la que se procedió a la expulsión de uno de sus miembros, el Senado de la Nación realiza su primera reunión del año. El quórum se alcanzó a las 12.31, cuando el presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, anunció la presencia de 37 senadores sentados en sus bancas.
La vicepresidenta Victoria Villarruel está a cargo del Ejecutivo, a consecuencia del viaje del presidente Javier Milei a Estados Unidos, por lo que quedó sin posibilidades de presidir esta sesión, ni la del viernes, si es que se hace.
Esta sesión tiene como tema central la suspensión de las PASO, como así también está previsto el debate del juicio en ausencia, el proyecto de reincidencia y reiterancia y, por último, la ley antimafia.
Con un clima enrarecido por el escándalo de las cripto, la primera parte estará copada por las cuestiones de privilegio y pedidos de apartamiento de reglamento que tendrán como eje el ruido político desatado por el presidente de la Nación con su tuit promoviendo una token de criptomonedas, que dejó a su gobierno envuelto en una polémica de consecuencias imprevisibles.
El temario
El proyecto que más interés despierta sobre todo en el Gobierno es la suspensión de las PASO. Algo que originalmente el Poder Ejecutivo planteaba como la derogación definitiva de las elecciones primarias, pero que ante la imposibilidad de aprobar el proyecto original, terminó llevando al oficialismo a morigerar por ahora su propuesta.
El proyecto de suspensión fue aprobado el pasado 6 de febrero por 162 votos a favor, 55 en contra y 28 abstenciones. Si el Senado lo aprueba, las elecciones primarias quedarán suspendidas al menos por este año.
Luego será el turno de juicio en ausencia, una iniciativa inspirada en el intento de hacer justicia por el atentado contra la AMIA del 18 de julio de 1994. El proyecto fue aprobado en Diputados por 147 votos a favor, 68 en contra y 9 abstenciones. A través del mismo se modifica el Código Procesal Penal estableciendo que “el imputado tendrá derecho a hacerse defender por abogado de matrícula de su confianza o por el defensor oficial siempre que ello no perjudique la eficacia de la defensa y no obste a la normal sustanciación del proceso”.
De igual manera, se establece que “la declaración de rebeldía no suspenderá la investigación ni las resoluciones que deban dictarse hasta la elevación a juicio. Si fuere declarada durante el juicio, éste se suspenderá con respecto al rebelde y continuará para los demás imputados presentes, salvo en el caso de los supuestos previstos en el Capítulo V del Título II del Libro III de este Código”. A su vez, el proyecto señala que el juicio en ausencia será aplicable únicamente en aquellas causas en las que se investiguen los delitos previstos en Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en la Convención Interamericana contra el Terrorismo.
Luego será el turno del proyecto que se propone terminar con la “puerta giratoria” para los delincuentes, aprobado hace dos semanas en Diputados con 138 votos a favor, 94 en contra y 1 abstención.
El nuevo marco legislativo que aborda los conceptos de reiterancia y reincidencia modifica los artículos 50° y 58° del Código Penal, como así también puntos del Código Procesal Penal Federal y el Código Procesal Penal, y se centra en redefinir la reincidencia y establecer la reiteración delictiva como un factor clave en el proceso judicial. La iniciativa define la “reincidencia como toda persona que ha sido condenada dos o más veces a penas privativas de libertad, siempre que la primera condena sea firme. En caso de unificación de condenas, la pena resultante se calculará como la suma de las penas impuestas”.
En tanto, denomina “reiteración delictiva” cuando “se introduce como un nuevo concepto que se refiere a situaciones en las que una persona enfrenta múltiples procesos penales simultáneamente. A partir del primer llamado a declarar, se considera a la persona imputada, lo que puede llevar a la imposición de medidas de coerción más estrictas”. Además, se establece que se podrán aplicar medidas de coerción en casos donde se hayan cometido delitos contra personas o propiedades en el marco de la libertad de expresión.
Al final de lo que se presume como una muy extensa sesión, se tratará el proyecto de ley antimafia, que tiene dictamen desde el 13 de noviembre pasado. El proyecto cuenta con media sanción desde el 1 de octubre pasado, cuando la votación en Diputados concluyó con 137 votos a favor y 92 en contra. El proyecto tiene por objeto “brindar al Estado herramientas útiles en materia de investigación y sanción de las organizaciones criminales, entendiéndose por tales a los grupos de 3 o más personas que durante cierto tiempo, en áreas geográficas determinadas y bajo ciertas modalidades operativas, actúan concertadamente con el propósito de cometer delitos especialmente graves”.
Según la iniciativa, todo aquel que “tomare parte, cooperare o ayudare a la formación o al mantenimiento de una asociación ilícita” será reprimido con reclusión o prisión de 8 a 20 años.
Además de abarcar a delitos como lavado de activos, homicidios, privación ilegítima de la libertad, secuestro, trata de personas -entre otros-, se sumaron a la lista en el tratamiento parlamentario los delitos contra la administración pública, como cohecho y tráfico de influencias, sustracción de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, exacciones ilegales y enriquecimiento ilícito. También los delitos contra la integridad sexual y contra la propiedad; y se agregó la Ley 27.447 de Trasplante de Órganos (que contempla las penas por comercialización de los mismos).
Fuente Parlamentario.com
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