• Viernes, 26 de Abril de 2024

Habilitarán en Rawson la línea telefónica Nº 135 para atender las situaciones ligadas al suicidio

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  • Martes, 01 de Diciembre de 2020

POLÍTICAS DE PREVENCIÓN

Con la participación de los profesionales que han trabajado en la elaboración de la ordenanza por la cual se creó en Rawson el Programa Municipal de Prevención al Suicidio y Asistencia a la Persona con Ideación y Tentativa de Suicidio, contemplado en la ordenanza número 8083/20 se ha gestionado la línea telefónica 135 que será a la cual se podrá recurrir frente a estas delicadas circunstancias.



El mencionado número telefónico es el utilizado en todo el país para atender esta temática. Solo resta que el intendente de Rawson, Damián Biss en su carácter de jefe comunal de la capital provincial suscriba el contrato con la empresa de telefonía que pondrá a disposición dicha herramienta para la comunicación de los interesados.

OBJETIVOS

Según especifica la normativa impulsada por el presidente del Concejo Deliberante, Mauro Martínez Holley, son los objetivos de la presente Ordenanza:

a) El estudio de las características de los intentos de suicidio y los suicidios consumados en el ejido de Rawson.

b) Visibilizar la problemática, generar las herramientas necesarias de asistencia, contención y apoyo para toda la población, además de contar con un equipo profesional idóneo interdisciplinario capacitado en dicha temática que trabaje en la implementación de líneas telefónicas gratuitas de prevención y acciones necesarias para la colaboración en la ayuda de aquellas personas vulnerables ante esta situación.

c) Desarrollar acciones y estrategias de prevención del Suicidio mediante la sensibilización y concientización de la población en general, de distintas instituciones de la ciudad, que aseguren la difusión masiva a la comunidad de la información realmente útil como son los indicadores o señales de alerta, buscando la disminución de la incidencia del suicidio mediante la prevención, asistencia y postvención (acciones posteriores a la consumación del suicidio para el tratamiento de familiares de la persona que ha perdido la vida, o de la víctima de la tentativa de suicidio y sus familiares).

d) La asistencia y contención, a través de recurso humano especializado para desplegar acciones ante las personas con ideación o tentativa suicida y de sus familiares y/o allegados.

e) La interacción con aquellos organismos y personas que permitan arribar a la autopsia psicológica de los suicidios consumados.

f) La capacitación y actualización sistemática y permanente de los integrantes del equipo de trabajo, mediante bibliografía, asistencia a charlas sobre el tema en el orden local para la detección de las personas en situación de riesgo, elaborando un protocolo de coordinación entre los servicios de salud, la línea telefónica de emergencia y otros ámbitos comunitarios intervinientes, llevar un registro de las instituciones públicas, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y profesionales del sector público y privado. Tomando como referencia las capacitaciones y los lineamientos de entidades con amplia trayectoria y respaldo en la temática como la O.M.S., el Ministerio de Salud de la Nación o de la Provincia, dada la sensibilidad del tema.

PROBLEMA DE SALUD

El suicidio es considerado un problema de salud pública a nivel mundial. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), por cada muerte por suicidio se registran veinte intentos. La OMS alarma que las tasas de suicidio han aumentado un 60% en los últimos 50 años y ese incremento ha sido marcado entre los jóvenes, al punto de convertirlos en la actualidad en el grupo de mayor riesgo en un tercio de los países del mundo.

Autoridades sanitarias señalan que en muchos casos, la prevención es posible y que hay signos que deben alertar a los adultos. La contención familiar y las buenas relaciones sociales son factores protectores.

REGISTRO

El artículo cuarto crea “un sistema de registro único y digital, que contenga información estadística de los intentos de suicidios, suicidios cometidos, métodos empleados, edad, sexo, dirección, nivel educativo, situación laboral, situación social, condiciones económicas habitacionales, antecedentes personales (de salud mental, consumo de sustancias, etc.) y conducta a tomar luego de la intervención (ej: derivación a salud mental, o denuncia por violencia, etc.) manteniendo actualizado. El mismo deberá ser privado y confidencial resguardando la identidad de las personas registradas, para lo cual se deberá firmar un acuerdo de confidencialidad por parte de quienes puedan tener acceso a la información”.

CONSEJO CONSULTIVO

El Poder Ejecutivo Municipal coordinará la creación de un Consejo Consultivo, el cual estará conformado según lo establecido en el artículo 3º de la presente norma, (Psicólogos, Psiquiatras, trabajadores sociales y acompañantes terapéuticos, los cuales deberán contar con formación o capacitación en la temática). Y brindará un espacio físico adecuado para su funcionamiento acorde a las características de la población a asistir, de las necesidades de privacidad y reserva que de ellas se derivan y de recurso humano que interactúe en las distintas franjas horarias.

 

 

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