El proyecto de reglamentación fue presentado en la última sesión, ante sus pares y es debatido en comisión, en la búsqueda de enriquecer la propuesta.
Habiendo tomado conocimiento de varios reclamos vecinales respecto de la proliferación de cableados de todo tipo en los diferentes barrios de la ciudad, que en muchos casos provocan inconvenientes en los domicilios y en la vía pública. Como también un informe técnico de la Cooperativa de Servicios Públicos referido a la necesidad de ordenar y limitar la cantidad de prestatarios que utilizan los postes de la entidad con un nivel de sobrecarga que puede comprometer la función principal que es la provisión de energía eléctrica, llevo a que el presidente del Concejo Deliberante Dulio Monti elabore un proyecto de reglamentación.
Reglamento
El proyecto que se encuentra en estudio se titula “Reglamento para el tendido de servicios aéreos” y aborda la problemática desde una etapa de revisión de la actualidad, pasando por una definición de como deberá instrumentarse, dándole prioridad y garantía a la prestación del principal servicio que es el energético.
En la introducción se advierte que los eventos climáticos extremos ocurridos en las últimas décadas han provocado accidentes y daños materiales, agravados por la presencia de cables en desuso y/o obsoletos. Por lo cual considera “imperativo que no se instalen nuevos tendidos sin proceder previamente al retiro de aquellos que ya no estén en funcionamiento, a fin de reducir los riesgos para la ciudadanía”, indica.
Actualización
Hace mención también al avance tecnológico que presenta el campo de las telecomunicaciones que son variables que vienen a sumarse a la necesidad de actualizar el marco normativo y establecer pautas claras que permitan la expansión ordenada de las redes de telecomunicaciones, evitando la profundización de la contaminación visual y resguardando la seguridad en la prestación de los servicios básicos.
Cableado en desuso
El artículo primero se refiere al retiro de cables en desuso. Así determina que “todas las empresas, tanto públicas como privadas que operen en el ejido de la Ciudad de Rawson, estarán obligadas a retirar el cableado que se encuentre en desuso, conforme lo establezca la reglamentación de la presente ordenanza.
En consonancia con esto en el artículo segundo se determina que “los proveedores de servicios que utilicen cableado aéreo deberán ofrecer a sus usuarios una opción clara dentro de sus canales de atención al cliente para solicitar la remoción de cables inactivos u obsoletos, tanto en sus domicilios como en la vía pública”.
Situaciones de Peligro
El tercer artículo se refiere a la Remoción Inmediata ante situaciones de peligro. “Cuando las empresas usuarias de postes o tendido aéreo detecten una situación que represente un riesgo inminente para la seguridad en la vía pública, deberán proceder de manera inmediata a su acondicionamiento remoción. Asimismo, deberán notificar a la Municipalidad de Rawson y a las autoridades competentes. Si la remoción no es posible y persiste el peligro, la empresa tendrá la obligación de denunciar la situación de forma inmediata”, afirma.
Tendidos subterráneos
En los siguientes artículos el proyecto impulsa la “Identificación del Cableado” como obligación para los prestadores de servicios públicos de implementar, “un sistema de identificación inequívoca del cableado, mediante la utilización de colores diferenciados en los elementos de sujeción y herrajes instalados en los postes”. Y en el artículo quinto advierte que todo nuevo prestador de servicios de internet, televisión por cable o video vigilancia que solicite operar en el ejido municipal, “deberá implementar su tendido exclusivamente de manera subterránea, realizando el soterramiento correspondiente sin excepción”.
Aclara que, “en caso de existir solicitudes en trámite que contemplen cableado aéreo, las mismas quedarán suspendidas hasta tanto se adecúen a lo dispuesto en la presente ordenanza”.
Aspectos finales
En los artículos finales del proyecto base se determina que “la autoridad de aplicación de la presente ordenanza será llevada a cabo por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano#. Y especifica que la reglamentación estará a cargo del Poder Ejecutivo Municipal, “en un plazo máximo de treinta (30) días contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza”, concluye.

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