Esta mañana, se conoció el veredicto de responsabilidad penal, en el marco del juicio realizado contra J.M.R.M (38), acusado por el Ministerio Público Fiscal de Sarmiento, por el delito de abuso sexual simple, en el contexto de la ley de protección integral de la mujer.
Desde el Ministerio Público Fiscal aclararon que los protocolos para el tratamiento informativo de los casos de abuso sexual sugieren preservar la identidad de la víctima y el imputado, a los fines de un desarrollo ordenado del proceso judicial.
En este marco, el juez penal Alejandro Rosales, declaró al acusado autor penalmente responsable del hecho endilgado por la Procuradora Marisol Sandoval y el funcionario Matías Ayuzo.
Asimismo, el magistrado, convocó a las partes a reunirse nuevamente, el próximo jueves 10 de abril, a los fines de realizar la audiencia de cesura. En ese acto judicial, se discutirá la pena que corresponde imponer al condenado.
En la audiencia de lectura del veredicto, Rosales, describió los aspectos más relevantes de los fundamentos de su veredicto. En este sentido, destacó el testimonio ofrecido por la víctima durante la primera jornada de las audiencias de debate. También se refirió a los medios de prueba producidos por el personal del Área de Criminalísticas y la Brigada de Investigaciones de la policía de la provincia de Chubut
El caso
El caso se inició el domingo 26 de febrero de 2023 a las 05:30. En esa oportunidad, J.M.R.J, trepó un paredón e ingresó por la puerta trasera a la vivienda de la víctima, sin mediar el consentimiento de la misma.
La víctima se encontraba durmiendo en su habitación. Al escuchar ruidos, se levantó de la cama. Cuando abrió la puerta de su dormitorio se encontró con el agresor.
Ficha del caso
Ministerio Público Fiscal: Procuradora Marisol Sandoval-Funcionario Matías Ayuzo
Juez: Alejandro Rosales
Ministerio Público de la Defensa: Abogado Marcelo Catalano-Abogada adjunta Rosa Sánchez.
Imputado: J. M.R.M (38)
Calificación legal: Abuso Sexual Simple, en el contexto de la ley de protección integral de la mujer (arts. 45 y 119 1º Párr. C.P. y Ley 26485)
Fecha del hecho: 26/02/2023
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