LAGO PUELO
El caso debió pasar por dos jurados populares. El primer juicio terminó sin veredicto ya que el jurado se estancó. Luego se llevó a cabo un segundo juicio en el que la Fiscal Débora Barrionuevo logró que los nuevos jurados declararon la responsabilidad penal del acusado por dos hechos de abuso sexual agravado con acceso carnal que afectaron a una adolescente de 14 años.
La Fiscalía, al conocer la sentencia en el mes de agosto, presentó un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia, por considerar que la pena impuesta se aparta notoriamente de la pena justa por la gravedad del caso. Los acusadores habían requerido la imposición de una pena de 20 años de prisión y la juez técnica le impuso 9 años.
Los camaristas analizaron los términos del recurso de la defensa y descartaron uno a uno los planteos. En primer lugar, discreparon con el planteo de que la realización de un segundo juicio violara el derecho del imputado de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. El primer debate no llegó a un veredicto, no prevaleció ninguna de las posturas, ni la de la fiscalía ni la de la defensa. El jurado se estancó.
La selección de un nuevo jurado y la realización de un nuevo debate, es lo que prevé el Código Procesal para estos casos. El procedimiento seguido fue legal.
La defensa también se quejó en relación a la pena impuesta. Los integrantes de la Cámara Penal, revisaron la ponderación de agravantes y atenuantes y entendieron el sopesarlos que el argumento de la defensa no tiene peso relativo en el análisis realizado para decidir el monto de la pena. Por ese motivo, la confirmaron.
Fuente: MPF Chubut
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