SOLICITUD DE FISCALÍA
En horas de la tarde del pasado jueves se concretó la audiencia de control de detención que tiene como imputado a G.D.M.
Presidió la audiencia subrogando Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Adrián Cabral, fiscal general y Gabriela Gómez, procuradora de fiscalía; asimismo las víctimas menores fueron co-representadas por Andrea Mac Garva, por la Asesoría de Familia; en tanto que el imputado fue asistido por Janet Alderete, abogada de la Defensa Pública.
En un primer momento el fiscal se refirió a la Orden de rebeldía y captura que pesa sobre el imputado por un caso de abuso sexual ya que no compareció al Cuerpo Médico Forense. En la fecha por un pedido de allanamiento, en dos domicilios, por otro hecho delictivo que no tiene relación con la causa de abuso, en uno de los cuales se detuvo a G.D.M.. Por esto el fiscal solicitó se declare legal su detención.
Seguidamente el fiscal Cabral solicitó la prisión preventiva del imputado ya que demostró que no se quiere someter al proceso, por su comportamiento. Los hechos por los cuales está imputado son hechos gravísimos, contra dos menores de edad.
Existe peligro de fuga por las características graves de los hechos y la pena que se espera como resultado del procedimiento, que será de cumplimiento efectivo en caso de recaer condena. Asimismo, existe peligro de entorpecimiento ya que el imputado fue encontrado en el domicilio, junto con una de las menores víctima, continuó el fiscal. Solicitando la preventiva por el término de dos meses.
La asesora se refirió a prohibiciones de acercamiento del imputado a las víctimas, dictada en un legajo en el Juzgado de Familia. Solicitando se remita copia del presente legajo al Juzgado de Familia y al Servicio de Protección de Derechos.
Por su parte la defensora no se opuso a la legalidad de la detención, ya que la misma fue ajustada a derecho. En cuanto al pedido de preventiva la fiscalía tiene las dos rebeldías a su favor, sin embargo, este peligro de fuga tiene que ser considerado de acuerdo a la nueva situación persona de su asistido.
Este peligro de fuga se puede subsanar con una prohibición de acercamiento a las víctimas, también con medidas menos gravosas como presentaciones semanales ante la autoridad judicial. Subsidiariamente solicitó que la preventiva sea por 15 días, para realizarse las pericias en el Cuerpo Médico Forense.
Respecto de las rebeldías que pesaban sobre G.D.M. la jueza penal resolvió declarar legal su detención, dejando sin efecto las ordenes de rebeldía que pesaban en su contra. La fiscalía cuenta con elementos suficientes para acreditar la autoría de G.D.M. en el mismo. Es un hecho grave (art. 119 inc. 3ro del Código Penal), que en caso de condena será de cumplimiento efectivo. Al momento de ser detenido una de las menores víctimas se encontraba en la vivienda. Por lo cual existe peligro de fuga y entorpecimiento debidamente fundado. Dictando la prisión preventiva de G.D.M. en los términos que solicitó la fiscalía, por dos meses.
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