COMODORO RIVADAVIA
La representante de fiscalía requirió se mantenga la preventiva que cumple el imputado por un mes, en tanto que el defensor solicitó su libertad con presentaciones. Finalmente, el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva que cumple el imputado Rocha por el término de un mes.
Presidió la audiencia (vía remota) Alejandro Soñis, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Belén De La Canal, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Rocha fue ejercida por Juan José Palacios, defensor de confianza del mismo.
La funcionaria de fiscalía solicitó se mantenga la medida de coerción que pesa sobre Rocha ya que “subsisten los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida”. Existen asimismo elementos de convicción suficientes para tener al imputado como probable autor del delito imputado. Existe un video de una cámara de seguridad, del Sector 7, de las 1008 viviendas, donde se puede visualizar la presencia de la víctima y su mujer, que ingresan al palier, salen y en la esquina aparece una persona que efectúa 4 disparos, impactando dos de ellos en la víctima a muy corta distancia.
Luego volvió a dispararle cuando la víctima se encontraba en el piso indefensa, continuó la funcionaria. Existe peligro de fuga por la gravedad del hecho, un ataque armado, también por la pena que se espera como resultado del procedimiento, que será de cumplimiento efectivo. Esto último sumado a una sentencia condenatoria del año 2016, por dos años en suspenso que tiene Rocha, por lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego. Por lo cual solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre Rocha por el término de un mes.
A continuación, el defensor de Rocha objetó la acusación fiscal, entendiendo que “no hay prueba suficiente en contra de su asistido. Del informe de las cámaras no fue posible afirmar o negar que fuera Rocha concluyó el experto”, continuó.
Solicitando su libertad con presentaciones semanales ante la autoridad judicial, prohibición de salir de la ciudad y de acercarse y contactarse con la víctima. Negando la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento.
Para concluir al juez penal resolvió mantener la prisión preventiva que pesa sobre Rocha por el término de un mes, en base a las evidencias materiales del hecho colectadas por la fiscalía. Se encuentra acreditada la materialidad del hecho, aunque surgen dudas de la autoría, pero la víctima y su esposa lo ven a Rocha y lo conocen. Asimismo, por la existencia del peligro de fuga por la gravedad del hecho y le pena en expectativa, que en caso de recaer condena será efectiva, concluyó el juez.
Fuente: MPF Chubut
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