La ley vetada establecía una recomposición del 8,1% en las jubilaciones, de modo de complementar el 12,5% de incremento adicional otorgado en abril por el DNU 274/24 del Gobierno, de modo de alcanzar a compensar lo que fue la inflación más alta del año, la de enero, con 20,6%.
Se establecía una fórmula de movilidad para la actualización de los haberes previsionales que contemplaba el índice de inflación como referencia, al igual que el DNU. En estos dos aspectos el oficialismo se había mostrado a favor con un dictamen de minoría en el Senado, y se llegó a pensar que el veto podría haber sido parcial, sosteniendo el Poder Ejecutivo estos artículos. Pero finalmente no pasó.
Además, la norma establecía un aumento del 50% por variación salarial (RIPTE) en marzo de cada año; y una garantía para el haber mínimo en 1,09% lo equivalente al valor de la Canasta Básica Total.
Por otro lado, se instruía a la ANSeS a cancelar la totalidad de las deudas que mantiene con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos al Estado nacional, como así también con los beneficiarios del SIPA que cuentan con sentencia firme dentro de un plazo de seis meses, prorrogable por seis más.
El pasado 2 de septiembre, a través del decreto 782/24, el Poder Ejecutivo vetó totalmente la ley y fundamentó que el proyecto sancionado por el Congreso “es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.
“Dar cumplimiento a la medida sancionada por el Honorable Congreso de la Nación dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República Argentina, ya que significaría la necesidad de obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos”, agregó el Gobierno.
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Fuente TN
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