COMODORO RIVADAVIA
Por pedido de la defensa, en horas de la mañana del presente miércoles, se llevó a cabo en la Cámara en lo Penal local la audiencia de impugnación de sentencia que tiene como condenado, en primera instancia, a C.A.S. a 6 años de prisión. La defensa solicitó la absolución de su asistido y subsidiariamente se baje la calificación a abuso sexual simple; en tanto que el fiscal se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de primer grado, al igual que la Asesora de menores. Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo miércoles 25 de octubre, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva del veredicto.
Cabe recordar que C.A.S. fue declarado el pasado 27 de junio penalmente responsable de “abuso sexual gravemente ultrajante de un menor de 13 años, al menos dos hechos en concurso real”.
La audiencia se realizó ante los jueces de Cámara Mónica García, Martín Montenovo y Daniel Pintos; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo, fiscal general; asimismo el menor víctima fue representado complementariamente por la Asesora de Menores Claudia Torrecillas; en tanto que la defensa de C.A.S. fue ejercida por Alicia Dramesino, abogada particular del mismo.
La defensora presentó impugnación ordinaria contra la sentencia condenatoria de primera instancia de 6 años de prisión para C.A.S. , solicitando “la absolución” de su asistido ya que “se ha violado el principio de inocencia y el in dubio pro reo”, la duda beneficia al imputado. Subsidiariamente solicitó “se reduzca la pena y cambie la calificación legal a abuso sexual simple”. Sostuvo que “el principio de inocencia se ha violado por las conclusiones ilógicas y la errónea valoración de la prueba. El relato de la víctima resultó ser inexistente en la Cámara Gesell” continuó la defensora. En igual sentido pidió “la nulidad de la acusación fiscal por violar el principio de congruencia, la víctima en Cámara Gesell no relata los hechos que pueden considerarse gravemente ultrajante, este agravante no tiene sustento jurídico, ni fáctico, concluyó la defensora. Requiriendo por último “se realice nuevamente el debate con una nueva pieza acusatoria”.
Seguidamente el fiscal ratificó la contestación escrita a la impugnación de la defensa ya que la misma resulta suficiente para abastecer los argumentos de la misma. Respecto del planteo de arbitrariedad y el planteo de nulidad ya fue resuelto por el tribunal de debate, con adecuada fundamentación. Agregando que no ha existido violación al principio de congruencia ya que el hecho no ha tenido ninguna modificación a lo largo de la tramitación del caso. Se ha dictado absolución parcial por los hechos de menor gravedad. Considerando que no existe nulidad de la pieza acusatoria ya que la misma contiene las circunstancias de tiempo, modo y lugar para superar las evaluaciones de la instancia judicial. No se ha afectado el derecho de defensa, por lo cual el fiscal solicitó se rechace la nulidad planteada por la defensa. Por último, el fiscal solicitó se rechace el agravio del cambio de calificación y se mantenga la de abuso sexual gravemente ultrajante, en igual sentido se confirme en todos sus términos la pena de 6 años de prisión efectivos para C.A.S.
La Asesora de menores expresó que se debe valorar la declaración de la víctima de acuerdo a estándares internacionales, sobre cómo se debe valorar la declaración de un menor, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos se debe evitar la revictimización del niño. Además, el relato del niño está íntimamente ligado a la validación, donde se evalúa el clima y el contexto emocional del mismo. Solicitando, igual que el fiscal, “que la sentencia se confirme en todos sus términos y no reeditar el debate para evitar la revictimización”.
Fuente: MPF Chubut
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