• Sábado, 04 de Mayo de 2024

Denunciaron a los 35 senadores que votaron a favor del pliego de la exjueza Ana María Figueroa


  • Viernes, 29 de Septiembre de 2023

La presentación judicial la hizo la Fundación Apolo. Los acusan de abuso de autoridad y violación de los deberes del funcionario público. “Ponen en riesgo el orden constitucional y el servicio de justicia, continuando con la estrategia defensiva de su condenada líder, Cristina Kirchner”, aseguran.



La votación del Senado de la Nación que este jueves aprobó el pliego de la exjueza Ana María Figueroa generó gran indignación en la oposición. Se trata de una jugada del oficialismo (y sus aliados) para devolver a sus funciones a una magistrada clave en causas que está involucrada la vicepresidenta Cristina Kirchner, como Hotesur. Al cumplir 75 años debía dejar su cargo y así lo expresó días atrás la Corte Suprema.

Ahora, se presentó una denuncia contra los 35 senadores que votaron a favor de la continuidad en Casación de Figueroa. La Fundación Apolo, con la firma de sus integrantes José Magioncalda, Juan Martín Fazio y Juan Manuel Otegui, los denunció por delito de incumplimiento de deberes de funcionario público.

Según la presentación de Apolo, los legisladores en cuestión “ponen en riesgo el orden constitucional y el servicio de justicia, continuando con la estrategia defensiva de su condenada líder, Cristina Kirchner. En este caso, buscan retrotraer ‘contra legem’ la jubilación de una magistrada, con el fin de nulificar lo actuado por la Sala en cuestión, luego de la salida de Figueroa, en decisiones sobre causas de corrupción que afectan en forma directa a la actual Vicepresidenta y sus secuaces”.

Los denunciantes sostienen en el texto que “Figueroa había alcanzado los 75 años sin que el Senado haya dado previamente su necesario acuerdo para mantenerla en el cargo, por lo que, siguiendo la letra de la Constitución Nacional, la magistrada había cesado de pleno derecho en el cargo al alcanzar la edad, ya que la única manera de mantenerse en el cargo es contar previamente con un nombramiento presidencial precedido de acuerdo del Senado”.

En otro tramo del documento se hace hincapié en que “un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años”. Y remarca: “La expresión ‘mantener’ es definitoria en cuanto al criterio con el que debe ser interpretado el presente artículo. Y ello es así, porque si el cese se ha previsto a los 75 años de edad, el nuevo nombramiento, precedido de acuerdo, ha de tener lugar antes de cumplir la edad límite”.

 

Fuente:  TN

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