• Martes, 23 de Abril de 2024

Se creó en Rawson el programa de Plazas de Bolsillo

  • Imagen de la Noticia

  • Jueves, 30 de Septiembre de 2021

APROVECHAR ESPACIOS BALDIOS

La pasada semana en ocasión de la décimo tercera sesión ordinaria del Concejo Deliberante se aprobó el proyecto de ordenanza autoría del edil Germán Gusella de Despertar Rawsense por el cual se crea en la capital del Chubut “el Programa de Uso Social de Baldíos para el emplazamiento de las denominadas “Plazas de Bolsillo”.



Los terrenos en abandono son un problema urbano para la ciudad transformándose, además, en un problema de seguridad e insalubridad para toda la comunidad. Baldíos, predios abandonados, esquinas o medianeras que no son aprovechadas convirtiéndose en “espacios perdidos” por la falta de mantenimiento, ya que por diversas razones no son destinados a su uso original.

Como respuesta a esta problemática se propone la creación del Programa de Uso Social de Terrenos  Baldíos “Plazas de Bolsillo”, donde el objetivo es la erradicación de estos espacios perdidos desde el trabajo de  la planificación urbana, el diseño y la participación de la comunidad, promoviendo  así la apropiación del espacio público por parte de los vecinos, fomentando la interacción social, generando espacios de encuentro para los habitantes y  un impacto positivo en cuanto al interés comercial de la zona y al paisaje urbano.

BENEFICIOS

La ordenanza especifica en el artículo 6º que, “los inmuebles que sean incorporados al presente programa,  gozarán de los siguientes beneficios:

-Exención en el pago del Impuesto Inmobiliario Urbano 

-Otorgamiento de planes especiales de pago de la Tasa General de Inmuebles

-Condonación de multas y sanciones.

Las denominadas “Plazas de Bolsillo” podrán ser utilizadas para los siguientes fines:

1. Generación de espacios verdes, paseos y plazas.

2. Constitución de espacios para el desarrollo de huertas comunitarias y otras experiencias de agroecología urbanas inéditas como por ejemplo el sistema de cultivos hidropónicos.

3. Creación de espacios para actividades deportivas y actividades de carácter comunitario (ferias, muestras, reuniones, expresiones culturales, entre otras). 

4. Cualquier otro destino que, a criterio de la autoridad de aplicación, resulte en beneficio de la comunidad en su conjunto.

En el artículo décimo primero se indica que, “en la confección del contrato de comodato deberá quedar claramente establecido que la constitución de una “plaza de bolsillo”, no implica en modo alguno la variación del estatus legal del inmueble, ni su incorporación al régimen del dominio público del Estado”. Las convocatorias se realizarán a través de las Asociaciones Vecinales.

Dejanos tu comentario

Su comentario estará disponible a la brevedad.