El Superior Tribunal de Justicia ratificó el fallo de la Cámara Penal que condenó a la mujer por el crimen cometido contra su ex pareja Samuel Ovejero, en 2017.
El Superior Tribunal de Justicia del Chubut ratificó el fallo del Tribunal Colegiado de Comodoro Rivadavia y de la Cámara en lo Penal de esa misma ciudad, contra Juliana Ivone Uribe por el crimen de Samuel Ovejero.
La mujer fue condenada a 14 años de prisión por ser autora penalmente responsable del delito de homicidio agravado, por haber sido cometido contra la persona con quien mantuvo una relación de pareja.
La Sala en lo penal del Superior Tribunal de Justicia, presidida por el Dr. Alejandro Panizzi e integrada por los Dres. Mario Vivas y Alejandro De Franco, intervino ante la impugnación extraordinaria interpuesta por la imputada, con el patrocinio de los Dres. Juan José Palacios y Rosa González.
El hecho se produjo el 29 de julio de 2017 a las 02:20 horas en la intersección de las calles Ortego y Borcella.
Ovejero y Uribe, quienes habían mantenido una relación entre 2013 y 2017 y de la cual nació una hija menor de edad mantuvieron una fuerte discusión afuera del vehículo marca Ford Ecosport, por la devolución de la camioneta que Ovejero le reclamaba a Uribe.
En esas circunstancias, Uribe tomó un cuchillo y le asestó al menos tres puñaladas a Ovejero, una en el tórax, que le perforó el ventrículo derecho del corazón, provocándole la muerte, una hora y media después en el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia.
La acusada presentó la impugnación contra el pronunciamiento de la Cámara argumentando que no cuestionaba la autoría del hecho pero aludiendo a un contexto de violencia de género, que los camaristas no habrían tenido en cuenta.
Cuestionó que no se hubiera valorado la declaración de una agente policial que había señalado que la imputada acudía recurrentemente a la Comisaría de La Mujer.
También objetó que los magistrados no tuvieran en cuenta informes técnicos que describían la personalidad violenta de Uribe lo que resultaba vital para contextualizar el ámbito donde se produjeron os hechos.
Puso de resalto también que el mensaje en el que Ovejero le reclamaba la camioneta a Uribe, implicaba un ejercicio de violencia económica. Argumentó que los razonamientos de los sentenciadores estaban impregnados de estereotipos patriarcales y que sus conclusiones carecían de perspectiva de género.
En la audiencia celebrada ante el STJ los abogados defensores de Juliana Uribe pidieron su absolución por aplicación de la legítima defensa propia. Explicaron que el fallo desconocía a la relación asimétrica que mantenían Uribe y Ovejero, signada por la violencia de género.
Los jueces del Superior Tribunal coincidieron en que los argumentos de Uribe resultan imprecisos y desarticulados. Al mismo tiempo, señalaron que los magistrados del tribunal revisor inspeccionaron de manera integral y minuciosa la sentencia condenatoria y el cuerpo de prueba.
Concluyeron que el «doble conforme» se ha cumplido acabadamente: el Estado afirmó y ratificó la culpabilidad en sendas ocasiones consecutivas, por medio de dos órganos judiciales distintos.
De acuerdo a los informes cotejados, quedó en evidencia, que el vínculo de la pareja era conflictivo, y que las diferencias a menudo las dirimían mediante violencia mutua. Pero esto de ningún modo se traducía en una situación estructural de control, superioridad o sometimiento de Ovejero respecto de Uribe, propia de un contexto de violencia de género que pudiera dar lugar a una posible legítima defensa.
Fue clave el testimonio de una vecina que aseguró que Ovejero era agredido por Uribe, y que éste, no estaba armado. Al mismo tiempo, al momento de la detención y posterior examen médico, no se constataron en la acusada, vestigios de forcejeos o de golpes recientes. El médico solo verificó una lesión en la mano derecha de Uribe, que en todo caso era compatible con la agresión infligida por la mujer.
Por lo expuesto, los ministros del Superior Tribunal rechazaron, por unanimidad, la impugnación extraordinaria de la Defensa y ratificaron la condena a 14 años de prisión para la acusada.
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