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Impulsan proyecto de emergencia para la actividad hotelera, gastronómica y turística

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  • Jueves, 16 de Abril de 2020

UCR-JUNTOS POR EL CAMBIO

La iniciativa es de autoría de Gustavo Menna (Chubut) y Alfredo Cornejo (Mendoza), con la coautoría de legisladores de otras provincias. La norma establece un régimen de emergencia laboral, tributaria y financiera para las empresas del sector. La propuesta se fundamenta en el rol clave que la actividad tiene para el país, al emplear a unas 650.000 personas en toda la Argentina.



En el marco de las iniciativas para mitigar los efectos de las medidas para prevenir la propagación del coronavirus en la Argentina, los diputados nacionales del bloque UCR-Juntos por el Cambio Gustavo Menna (Chubut) y Alfredo Cornejo (Mendoza) presentaron, en coautoría con legisladores de otras provincias, un proyecto de ley  para declarar la emergencia para la actividad de servicios de hotelería, gastronomía, agencias de viajes y turismo y prestadores de servicios turísticos hasta el 31 de diciembre de 2020. La propuesta, además, propicia establecer un régimen extraordinario de emergencia laboral, tributaria y financiera para las empresas que se desenvuelven en la actividad.

La iniciativa da lugar “a mecanismos excepcionales en materia laboral, tributaria y de asistencia crediticia a todos aquellas personas humanas o jurídicas que sean titulares de establecimientos hoteleros, gastronómicos y de agencias de viajes y turismo, y que revistan el carácter de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES)”.

La propuesta

En cuanto a las medidas en particular, Menna y Cornejo explicaron que el proyecto prevé la implementación de “programas de asistencia crediticia por parte de la banca pública y privada a tasa cero afectados a la cancelación de obligaciones salariales, de proveedores, impositivas y asistencias bancarias preexistentes”, así como “la bonificación de las comisiones bancarias y de tarjetas de crédito; el diferimiento de todas las obligaciones tributarias nacionales hasta el cese del aislamiento social, preventivo y obligatorio, con cancelación posterior en doce cuotas”.

También “la exención del pago de anticipos del impuesto a las Ganancias por el ejercicio fiscal 2020; la exención del impuesto a los créditos y débitos bancarios y la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y de las medidas cautelares decretadas en los mismos”.

Asimismo contempla la posibilidad de “tomar como crédito fiscal la prestación no remunerativa compensatoria de suspensiones prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo como crédito fiscal contra el saldo o anticipos del impuesto a las Ganancias o saldo de IVA”,

De manera complementaria, “y a los fines de impedir que las medidas ordenadas por la ley caigan en saco roto y sean solo un catálogo de buenas intenciones”, dijeron los legisladores, el proyecto “encomienda al Banco Central, en su carácter de entidad que ejerce la fiscalización y superintendencia del sistema financiero, el control efectivo del cumplimiento por parte de los bancos en la puesta a disposición de las asistencias crediticias a tasa cero que ordena, siempre dentro de los límites de la responsabilidad patrimonial computable (RPC) de cada entidad bancaria”.

Además, el proyecto, que determina al Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación como autoridad de aplicación de la Ley, invita a las provincias y, en su caso, a los municipios, a adherir a las disposiciones sobre diferimiento de vencimiento de tributos y suspensión de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.

El proyecto de ley cuenta con la coautoría de los legisladores Ximena García (Santa Fe), Federico Zamarbide (Mendoza), Carlos Fernández (Buenos Aires), Roxana Reyes (Santa Cruz), Claudia Najul (Mendoza), Juan Martín Musacchio (Santa Fe), Gerardo Cipolini (Chaco), Natalia Villa (Buenos Aires), Lorena Matzen (Río Negro) y Francisco Sánchez (Neuquén).

 

 

 

 

 

 

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