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Ley de Alquileres: las inmobiliarias apoyaron la derogación y creen que impulsará la oferta de viviendas


  • Jueves, 21 de Diciembre de 2023

El decreto publicado este jueves dice que los contratos pueden realizarse en cualquier moneda y no especifica un plazo mínimo. La mirada del sector inmobiliario.



El decreto de necesidad y urgencia (DNU) de Javier Milei, publicado en el Boletín Oficial, impacta directamente en el mercado inmobiliario. Principalmente, por la derogación de la Ley de Alquileres N°27.551, lo que marca un quiebre sobre la legislación vigente.

“El contrato es un instrumento escrito que representa un acuerdo entre partes y, hasta ahora, la normativa determinaba que el alquiler se debía pactar a tres años con un pago mensual en pesos. El DNU trajo mayor libertad y eso es positivo porque el mercado inmobiliario se mueve en función del sentido común”, explicó a TN el arquitecto y director de Reporte Inmobiliario, Jose Rozados.

En rigor, el decreto 70 firmado por Milei concluye que el contrato del alquiler se puede realizar en cualquier moneda y que el inquilino deberá pagar de acuerdo a lo pactado. A su vez, no rige un plazo mínimo de contrato y se permite consensuar el ajuste del valor de los alquileres mediante índices acordados por las partes.

En sintonía, el director de Relaciones Institucionales de la Cámara Inmobiliaria Argentina, Alejandro Bennazar, analizó: “Los cambios son muy positivos. Cuando asumió el Presidente, afirmó que iba a derogar la Ley de Alquileres y automáticamente la escasa o nula oferta de propiedades -sobre todo en la Ciudad de Buenos Aires-, pasó de 400 unidades ofrecidas a 800 este jueves”.

En paralelo, Bennazar aclaró que, si bien la derogación es buena, no implica que se contengan o bajen los valores inmediatamente porque todavía falta mucha oferta para recomponer la situación que se complejizó en los últimos años.

“Si la pregunta es si todos los alquileres van a pasar a cobrarse en dólares, la respuesta es no”, enfatizó Rozados. “Sencillamente porque se tiene en cuanta la capacidad de pago de la demanda a la hora de ofertar un inmueble. No se puede exigir lo mismo para un piso en Belgrano, en Palermo o en un barrio cerrado que para un PH en Mataderos o una casa de tres ambientes en González Catán”, graficó.

Para el especialista, que los contratos de los inmuebles estuvieran forzados a ser iguales sin tener en cuenta las diferencias de cualquier tipo provocó que el mercado corriera por fuera de la ley, de modo marginal. En este sentido, un propietario que tiene un piso en Puerto Madero sabe que la demanda es de alto poder adquisitivo y puede avanzar con un contrato en dólares.

En tal caso, el propietario corre riesgo porque no puede asegurar que los ingresos en dólares de los inquilinos acompañen equilibradamente el pago de la vivienda. “Con esto quiero decir que los dueños tienen que tener cuidado con la aplicación de la libertad”, destacó el arquitecto.

“Hay que terminar con la lógica antagónica entre el dueño y el inquilino, o ellos o nosotros, porque es un camino conjunto. A partir de la derogación de la Ley de Alquileres podrán tomarse en cuenta -por ejemplo- los incrementos salariales para actualizar los costos”, agregó Rozados.

En cuanto al problema de la oferta de viviendas en alquiler, el director inmobiliario enfatizó que “esta es una liberación positiva como señal para la inversión en la propiedad privada. Hoy hay precios históricamente competitivos, sin embargo, hay gente que cuenta con el capital, pero desiste de la inversión por el temor que genera la regulación excesiva”.

 

Fuente:  TN

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