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Qué dice la letra chica del decreto sobre el bono de $60.000 para empleados formales del sector privado


  • Domingo, 03 de Septiembre de 2023

La “asignación no remunerativa” se abonará en dos cuotas de 30 mil pesos. Qué dice la letra chica



Este mes los trabajadores del sector formal cobrarán la primera mitad del bono de $60.000 anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa. La suma será adjudicada únicamente a los trabajadores con salarios netos de hasta $400.000 y deberá ser abonada en su totalidad por los empresarios en el caso de los empleados del sector privado y, en el caso de los empleados públicos, por la administración nacional y las de las provincias y municipios que se avengan a la medida.

Algunos sectores se manifestaron en contra de la decisión del Gobierno y una docena de provincias anticiparon que no pagarán la suma fija. Según dijo el gobierno, los bonos deberían alcanzar a 5,5 millones de empleados privados “en blanco”.

Qué dice la letra chica

A través del Decreto 438/2023 publicado en el Boletín Oficial, y que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de todo el Gabinete de Ministros, se estableció “una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras” que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional, “que ascenderá a la suma de $60.000, que será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023″.

Como se mencionó anteriormente, el monto será destinado a los empleados que perciban “salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional”.

“Cuando la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional, los montos mencionados en el presente artículo serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada”, se aclaró. Eso quiere decir, que un empleado que realiza jornadas de cuatro horas, por ejemplo, cobrará sólo la mitad del bono (recibirá $15.000 en septiembre y otros $15.000 en octubre).

Además, el Gobierno estableció una suma de $25.000 a pagar en dos cuotas de $12.500 para los empleados de casas particulares. Los 12.500 pesos se destinarán también a aquellas personas que perciban salarios netos menores o iguales a $387.500; mientras el monto será equivalente a la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $387.500 correspondientes al devengado en el mismo período, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos que se encuentren entre ese rango.

Tanto para los empleados del sector privado, del Estado Nacional como para los trabajadores de casas particulares, la suma fija decretada este jueves “podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo”.

Pymes y Mipymes

En tanto, las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con el Certificado MiPyME podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa dispuesta para empleados del sector privado, conforme a los siguientes porcentajes de reintegro para cada una de las categorías del Registro MiPyME detalladas a continuación:

- Micro: 100% del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.

- Pequeña: 50% del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.

“Los reintegros serán efectuados durante los meses correspondientes al pago de la asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas enunciados”, detalló el Gobierno.

Mientras que los empleadores del personal de casas particulares que no fueren alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000 y que hubieren abonado el importe correspondiente a la suma fija, “podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado por este concepto”.

Por último, el Gobierno precisó que el pago de la primera cuota se deberá efectuar dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023 (21 de septiembre como fecha límite).

 

Fuente:  Infobae

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